La Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado Sentencia, con fecha 16 de octubre de 2023 por la que desestima los recursos de apelación formulados por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado contra la Sentencia de 20 de junio de 2020 dictada por el Juzgado de lo Penal nº4 de Córdoba en el conocido CASO FÉNIX, a los que GUIOTE ABOGADOS se opuso en interés de los derechos de sus clientes en dicho proceso.

En una fundada resolución, la Ilma. Audiencia desestima, motivadamente uno a uno, los argumentos de los recursos, concluyendo en que la “la elaboración racional y argumentativa de la resolución y, en definitiva, la estructura racional del discurso valorativo, en modo alguno resulta ilógico, irracional, absurdo o, en definitiva, arbitrario (art.91 C.E.) o contradictorio con los principios constitucionales”.

Ratifica la Ilma. Audiencia la denegación de la apertura de la famosa Cinta DAT, por su imposibilidad, y la consiguiente proyección de este hecho en la valoración de la prueba en toda la causa, conviniendo también en la existencia de numerosas “irregularidades” en la instrucción de la causa (v.g. intervenciones telefónicas, cadena de custodia de soportes informáticos, etcétera), que califica como “macrocausa” “difícilmente estructurable y gobernable”; y que fundamentan la absolución al conducir a “un entendimiento total y general del conjunto probatorio como ilícito” suficiente para aplicar el principio “in dubio pro reo”.

Califica, en esta línea, de “viciada” a la instrucción por cuanto critica, asumiendo lo resuelto en la instancia, que se acuse por delitos que ni si quiera al tiempo de la incoación de la causa habían sido cometidos (“prescripción intraprocesal”), para finalmente abordar, en relación con los argumentos de fondo, la incorrección del método de estimación indirecta parcial para la cuantificación de las cuotas tributarias.

En definitiva, la Ilma. Sala asume todos y cada uno de los argumentos vertidos por la Jueza del Juzgado de lo Penal nº4, refrendando la resolución al completo, y dando un paso más, y esperemos que el definitivo, en la resolución final de un proceso que ha durado 18 años, en el que se han visto acusadas 96 personas y 48 empresas, que han venido soportando la petición de penas de cárcel que sumaban 300 años y de responsabilidades civiles por 150 millones de euros en conjunto.

Esta Sentencia es todavía susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.